Persona física en Waly (Meuse) se ha declarado en concurso de acreedores en el juzgado por el tribunal de Tribunal De Grande Instance De Bar-Le-Duc. El número de insolvencia de esta empresa es 2019011700072. No hay informes disponibles (aún).
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic
aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
2019011700072
Número de reestructuración de deudas:
2019011700072
-
Dirección de la sucursal:
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
25-01-2019
2019011700072
Jugement d’ouverture d’une procédure de liquidation judiciaire après redressement judiciaire. Date de cessation des paiements : 10 octobre 2018. Les déclarations de créances fondées sur l’article L622.17 du code du commerce sont à déposer dans un délai d’un an à compter de l’ouverture de la procédure de liquidation judiciaire suivant la présente publication au près du liquidateur judiciaire : Maître Hervé DECHRISTE, 3 rue du CYGNE - CS 50065, 55002 Bar le Duc cedex. N° RG : 18/00586
Con respecto a la protección de la(s) persona(s) naturales relacionadas los informes públicos están disponibles solamente a través del juzgado.
ProcedureCollective.fr se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. ProcedureCollective.fr pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. ProcedureCollective.fr no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de ProcedureCollective.fr o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, ProcedureCollective.fr no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.